Errores de medicación: ¿Qué notificar?

Se deben notificar las sospechas de errores de medicación que, siguiendo la taxonomía del National Coordinating Council for Medication Error Reporting and Prevention incluyen:

“Cualquier incidente prevenible que puede causar daño al paciente o dar lugar a una utilización inapropiada de los medicamentos, cuando éstos están bajo el control de los profesionales sanitarios o del paciente o consumidor. Estos incidentes pueden estar relacionados con las prácticas profesionales, con los productos, con los procedimientos o con los sistemas, e incluyen los fallos en la prescripción, comunicación, etiquetado, envasado, denominación, preparación, dispensación, distribución, administración, educación, seguimiento y utilización de los medicamentos

Los errores de medicación se definen en el Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano. (boe.es) como: Fallo no intencionado en el proceso de prescripción, dispensación o administración de un medicamento bajo el control del profesional sanitario o del ciudadano que consume el medicamento. Los errores de medicación que ocasionen un daño en el paciente se consideran reacciones adversas, excepto aquellos derivados del fallo terapéutico por omisión de un tratamiento.

En cumplimiento de la legislación vigente, le informamos que cuando se notifique un error de medicación que pudiera haber ocasionado un daño al paciente, se remitirá una copia de la misma al Centro de Farmacovigilancia de la Comunidad de Madrid, siguiendo el manual de procedimientos establecido.

Fax: 91 426 59 79
Correo electrónico: seguridadmedicamento@salud.madrid.org

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